El Tribunal Constitucional ha público que esa situación de extraordinaria y urgente carencia puede deducirse «de una pluralidad de instrumentos», entre ellos, los que quedan reflejados en la exposición de motivos de la norma» (STC 6/1983, de 4 de febrero). En el mismo sentido, las medidas en materia de empleo https://jasperaijkl.blogaritma.com/32592010/poco-conocidos-hechos-sobre-decreto-2025-de-2020