1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la legislatura sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al patrón para la subsanación de las deficiencias observadas, excepto que por la agravación e inminencia de los riesgos procediese adoptar la paralización prevista en el https://sistema-de-seguridad96272.kylieblog.com/34740954/una-revisión-de-l